El Registro Nacional de Turismo se creó mediante la Ley 300 de 1996, la cual se conoce como Ley General de Turismo. Es un sistema de información público que ofrece publicidad en cuanto a los establecimientos que ofrecen servicios turísticos y los tipos que les suministran a la sociedad.
Cabe señalar, que todos lo que prestan servicios turísticos tienen la obligación de realizar un registro nacional de turismo «RNT» ya que es importante tener vigente para que se pueda ejercer dichas actividades en Colombia. Continúa leyendo si la información es de tu interés.
Consultas en el Registro Nacional de Turismo (RNT)
Es preciso mencionar que «RNT» dichas siglas significan Registro Nacional de Turismo consiste en una base de datos, donde se encuentra las certificaciones y la información en general. De toda persona, bien sea, natural o jurídica que ofrezca sus servicios turísticos u hoteleros a lo largo del territorio colombiano.
De la misma manera, comparte información del sector turístico en RUES y la cámara de comercio. Para realizar la consulta del Registro Nacional de Turismo, es fácil, ya que toda persona tiene a la disposición de un cupo en RUES para hacer la consulta de RNT en línea, es sencillo y se deben seguir las siguientes instrucciones:
- Accede al enlace: Consulta RNT.
- Introduce los datos en el formulario que la página te proporciona estos son: cédula, nombre o palabra clave, NIT y RNT.
- Si deseas tener más información acerca de la consulta, entonces pulsa en el icono «+»
¿Cuáles vinculaciones y prestadores turísticos deben registrarse en el RNT?
El listado que mencionaremos a continuación vienen siendo las empresas y prestadores de servicios que deben realizar anualmente la inscripción en el Registro Nacional de Turismo:
- Las oficinas de representaciones de turismo.
- Los guías turísticos.
- Los centros vacacionales, hoteles, campamentos, viviendas turísticas, parques temáticos así como otros tipos de hospedajes enfocados en el turismo. Es preciso mencionar que aquellos establecimientos que hacen alojamientos por horas son excluidos.
- Las agencias de viajes y turismo.
- Convenciones o congresos, los operadores profesionales de ferias.
- Alquiler de automóviles para turismo tanto nacional como internacional.
- Las empresas de transportes automotor especializado, entre otros transportes públicos que ofrezcan servicios turísticos.
- Los representantes de servicios turísticos en parques.
- Los comercios de gastronomía, bares y otros similares. Lo cuales deben superar los ingresos netos a los 500 smmlv.
- Las empresas comercializadoras y promotoras de multipropiedad o de tiempo compartido.
- Los desarrolladores, usuarios operadores e industriales en áreas francas turísticas.
- Las empresas que captan ahorros para viajes o de los servicios turísticos prepagados.
Pasos para la inscripción y actualización del RNT
Para inscribir o actualizar en el Registro Nacional de Turismo es simple. El prestatario de servicios turisticos, debe seguir las siguientes instrucciones:
- Accede a la dirección de la página web https://rnt.confecamaras.co/home
- Llena el formulario de registro para que adquieras tu usuario y contraseña.
- Una vez que lo tengas, ingresa al sistema seleccionando la opción «ingresar RNT»
- Ahora completa el formulario de solicitud de actualización o inscripción optando por la opción «mis establecimientos»
- Ahora realice el pago del impuesto de registro en las oficinas de la cámara de comercio o de la Gobernación.
- Acceda de nuevo al sistema por los mismos pasos de «ingresas RNT» y «mis establecimientos». Después adjunta la imagen del recibo de pago del impuesto del registro, y de otros documentos que le vaya indicando el sistema dependiendo del tipo de prestador.
¿Cómo obtener el certificado?
Para obtener el certificado RNT debes seguir los siguientes pasos:
- Ingresa a la siguiente dirección: http://rnt.rue.com.co/ utilizando el usuario y la contraseña, después ingresa al sistema por la opción «ingresar RNT»
- En la opción «mis establecimientos» pulsa en el icono «certificado» y luego en «imprima certificado»
Se debe tener en cuenta que el certificado debe ser exhibido en un lugar visible en el establecimiento.
¿Cómo hacer la renovación del Registro Nacional de Turismo (RTN)?
Cada 31 de marzo de cada año se realiza los trámites que corresponder a la renovación de la inscripción del Registro Nacional del Turismo. Un factor que es importante mencionar es que con el Decreto 2063 del 2018 se ha eliminado el costo equivalente al registro. Por lo que dicha gestión, no tiene ningún precio. Para renovar solo debes:
- Inicia sesión RNT con tu usuario y contraseña.
- Al entrar a la página, podrás visualizar los diversos Registros Nacionales de Turismo, ahora selecciona la que quieres actualizar.
- El sistema te irá sugiriendo los pasos para efectuar la renovación, en caso de que no sepas como continuar entra en la sesión «ayuda» para que aclares dudas.
¿Cuáles son los beneficios obtenidos con el Registro Nacional de Turismo de Colombia?
Los prestadores de servicios turísticos que se inscriben en el RNT obtienen incentivos y beneficios que se establecen de la siguiente manera:
- Accesibilidad a los servicios FONTUR el «Fondo Nacional del Turismo»
- Disminuye el pago en el impuesto ICA
- Exclusión del impuesto de renta: los hoteleros 30 años y los servicios ecoturismos unos 20 años
- Facilidad para adquirir líneas de créditos especializados en turismo
- Ventajas para la obtención de créditos de «Findeter Financiera de Desarrollo Territorial S.A»
Los Beneficios Tributarios
Con el cumplimiento de esta obligación legal, las personas o empresas que se encargan de prestaciones de turismo, obtienen sus beneficios tributarios ya que está establecido en la Ley 1558 de 2012. Que permite modificar la Ley General de Turismo, que expresa lo siguiente: «solo los prestadores de servicios de turismos, que estén legalmente inscritos en el Registro Nacional de Turismo, pueden ser beneficiarios de los incentivos fiscales y tributarios concernientes a su favor en prescripciones de orden nacional, distrital, departamental o municipal, cuyo fin sea apoyar, promover y estimular la actividad turística del país »
No obstante, la ley también sanciona a quienes ofrezcan este tipo de servicios y no estén inscriptos en el RNT o para quienes no lo tienen actualizado, los tres primeros meses del año. Recordando que este procedimiento es cada 12 meses.