Descargar Certificado de Sayco y Acinpro

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El Certificado de Sayco y Acinpro, consiste en el costo que las personas deben cancelar cuando tienen establecimientos donde se reproducen tanto música como video para el disfrute del público, en consideración de derecho de autor. El precio que se debe pagar es determinado por la institución Sayco y Acinpro, en consecuencia de los parámetros establecidos. Si deseas saber más sobre este certificado, más adelante te estaremos dando detalles.

Certificado de Sayco y Acinpro

El certificado de Sayco y Acinpro se emite cuando alguna persona en particular quiere explotar una obra musical. Primero se le realiza una evaluación a dicho proyecto y cancelar un precio que lo establece la institución, además se les entrega un paz y salvo donde se le autoriza el uso de tales obras presentadas.

Al realizar el pago, este se distribuye entre los autores así como otros que estén vinculados tales como Mplc, Apdif.

¿Cómo inscribirse a Sayco y Acinpro?

Para realizar la inscripción se debe enviar dicha solicitud a Sayco y Acinpro. Para eso debes ingresar a la página oficial y descargar el formulario para que los rellenes a mano.

Averiguar acerca de la información en la misma página y esa copia del formulario se sube al portal de la Cámara de Comercio, adjunto a la cédula del representante legal de la empresa o propietario en caso de ser persona natural,

Una vez que el trámite se procese. Sayco y Acinpro se contactarán en los 15 días hábiles después de hacer la solicitud, para convenir la inspección o para solicitar información extra. Ahora, como es bien sabido, se debe cancelar un valor que es establecido por dichas entidades y estos se evalúan por los siguientes factores:

  • La categoría: Evalúa que tan relevante es la música para dicho negocio.
  • La ubicación: Se toma en cuenta el sector donde el establecimiento se encuentra ubicado.
  • El valor base para el pago: Viene siendo el monto que se determina luego que se evalúa la categoría y la ubicación.
  • La capacidad: Se refiere a la cantidad de población al que dicho establecimiento le presta sus servicios.
  • El extracto o el nivel socioeconómico: Aparte de la ubicación, se debe tener en consideración, el tipo de clientela a la que se dirige el negocio y su capacidad de alcance.

¿Cómo se calcula la tarifa a pagar por Sayco y Acinpro?

Si deseas conocer la totalidad del precio que se debe pagar por el establecimiento, tienes la disposición de hacer simulación de tarifa en la página web de «OSA» una vez dentro de la página debes seguir las siguientes instrucciones:

  1. Debes elegir la actividad y subactividad a la cual pertenece.
  2. Señala la ubicación del establecimiento, y los medios por los cuales la música se va a reproducir.
  3. Selecciona tanto la capacidad de personas que pueden estar de manera simultánea en dicho establecimiento, así como el estrato social de las mismas.
  4. Y por último el sistema se encarga de calcular el valor que se debe pagar. Sin embargo, el proceso de inscripción es obligatorio por lo cual no se puede obviar.

Por consiguiente, para pagar a Sayco y Acinpro se debe esperar que la entidad evalué y de su aprobación para el material discográfico además debe establecer una tarifa anualmente. Por lo que la persona podrá autoliquidar el impuesto y cancelarlo a través de la página web por las opciones de pagos PSE o bien puede cancelarse a través de los siguientes establecimientos:

  • Banco Agrario.
  • Pomona.
  • Surtimax.
  • La 14.
  • Corresponsales bancarios del grupo AVAL.
  • AV Villas
  • Davivienda.
  • Banco Popular.
  • Full carga.
  • Móvil Red.
  • Éxito.
  • Banco de Bogotá.
  • Carulla.

Si necesitan obtener una copia del RUT aquí esta una guía para obetenerlo en tan solo dos pasos.

¿Pueden los establecimientos públicos cumplir con los derechos de autor?

Si usas audiovisuales o música en un local de público abierto a través de audiovisuales, televisores, equipo de sonidos, radios u otros. Se está explotando audiovisuales y obras musicales, como obras artista grabadas e interpretaciones en distintos medios.

Es bien sabido que todas vienen siendo bienes privados que les pertenecen a los artistas, compositores, así como otros titulares de derechos. Por lo que son ellos quienes deben disponer como deben usarse sus obras o prestaciones artísticas.

Es por eso que, si deseas usar música o audiovisuales en un establecimiento abierto al público, debes primer tener el permiso de los titulares de dicha obra o autores dándole una remuneración por ese permiso otorgado.

El cual se le conoce como «el pago de derecho de autor» y se deben cancelar en las sociedades de gestión colectivas, donde están agrupados en su mayoría los autores, y se encarga de distribuir esas contribuciones a todos los titulares de los derechos de las obras musicales, prestaciones o audiovisuales artísticas. Por consiguiente, las sociedades encargadas de gestionar la música en Colombia en la actualidad son:

  • Entidad de Gestión Colectiva de Derechos de los Productores Audiovisuales de Colombia-EGEDA: Esta se encarga de tramitar y recaudar de manera colectiva lo correspondiente, por el uso de las obras audiovisuales.
  • Centro Colombiano de Derechos Reprográficos – CDR: La finalidad de esta sociedad es proteger el derecho de autor, en todo lo referente al concepto de reprografía, como el caso de fotocopias, fotografías entre otras.

Preguntas frecuentes sobre el certificado Sayco y Asinpro

Entre las preguntas más frecuentes podemos mencionar las más relevantes, a continuación:

¿En qué consiste la ventanilla única VUE?

Es una modalidad que te permite adquirir, de un solo paso y de una forma unificada, tanto los pagos como las autorizaciones por derecho de autor. Por lo que no necesitas dirigirte a las distintas sociedades de gestión. Posterior a esa forma de pago, la ley determinará que cumpliste con la obligación de cancelar los derechos de autor.

¿Qué sucede si una persona que no es una sociedad de gestión colectiva me cobra por derecho de autor?

Es preciso mencionar que existen muchos titulares y autores de derechos que no están vinculados a sociedades de gestión colectiva, por lo tanto ellos pueden cobrar por sus prestaciones u obras artísticas. A estos titulares se les conocen como «gestores individuales»

¿Cómo cerciorarme de si debo pagarle a un gestor individual por el uso de sus obras o prestaciones artísticas?

Para que se pueda hacer el pago a un gestor individual, este debe demostrar a las autoridades locales y a los usuarios su calidad de titular de derecho de autor. Por lo que mediante un contrato debe detallar que las obras musicales que se están utilizando han dado la autorización y cobrado por su uso.

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